Los productos exentos de LMR son una herramienta más en la lucha contra plagas y enfermedades, para el adecuado control fitosanitario en los cultivos
Los fitosanitarios son las medicinas de las plantas. Al igual que con los medicamentos, para que un producto se aplique sobre un cultivo, debe haber pasado por varias evaluaciones de acuerdo a las diversas normativas vigente, y que autoridades científicas independientes evalúen su seguridad y autoricen su uso.
En general, los agricultores deben cumplir con las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA), siguiendo el principio básico de usar productos fitosanitarios tan poco como sea posible y solamente cuando sea necesario, similar a lo que hacemos con el uso de medicamentos en la salud humana.
El uso de productos fitosanitarios está autorizado sólo después de que expertos independientes hayan realizado una evaluación de riesgos para verificar que cualquier residuo que permanezca, tras el uso correcto del producto, no constituya un riesgo para el consumidor. Los residuos en los alimentos recolectados son regulados por un límite máximo (LMR).
Los residuos de plaguicidas son las trazas de productos fitosanitarios en el interior o en la superficie del producto recolectado. Los Límites Máximos de Residuos (LMR) ayudan a verificar si un producto ha sido aplicado correctamente. En la UE, los LMR son establecidos por la Comisión Europea siguiendo un proceso en el que están involucrados la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y los Estados Miembros.
El Límite Máximo de Residuos (LMR), es un valor seguro para el consumidor y conforme con la buena práctica agrícola evaluada para cada uso autorizado.
Cada vez está más extendido el concepto de “residuo cero” en la industria agroalimentaria, pero sabemos que este concepto es de por si erróneo. Habría que hablar más bien de residuos por debajo del límite de determinación.
Las sustancias activas exentas de determinación de un LMR no presuponen un residuo cero, simplemente están exentas, de acuerdo con el Anejo IV Reglamento (EC) (EC) No 396/2005
De acuerdo con dicho Anejo, para que una sustancia esté incluida en él, se deben cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
- Sustancias a las que el consumidor está expuesto por otras vías, cuyo uso como fitosanitario, supone una aportación al consumidor despreciable.
- Sustancias activas no peligrosas y sin valores de referencia toxicológica.
- Sustancias, que de acuerdo con el modo de aplicación autorizado, no dejan presencia de la materia activa en los alimentos tratados.
Las estrategias comerciales que buscan el “residuo cero” van en contra de un adecuado manejo de la resistencia de plagas y enfermedades, dejando de lado productos útiles y efectivos para control de determinadas plagas y generando un abuso de otros, acelerando el proceso de aparición de resistencias.
Además se transmite un concepto erróneo y confusión sobre la sanidad y seguridad alimentaria de los productos consumidos, entendiendo que un “residuo” fitosanitario es dañino para la salud, cuando realmente este límite se ha fijado en el lado de la seguridad.
Nuevo logo Exento de LMR
Los productos exentos de LMR son una herramienta más en la lucha contra plagas y enfermedades, para el adecuado control fitosanitario en los cultivos. Estos productos son indispensables para un buen Manejo Integrado de Plagas así como para aquellos agricultores cuyos cultivos van destinados a la Producción Ecológica.
Desde Kenogard, como parte del grupo Sumitomo Chemical, empresa comprometida con el uso sostenible de los productos fitosanitarios, y pionera en el desarrollo de productos biológicos, queremos lanzar un nuevo logo identificativo de nuestros productos Exentos de LMR.
Los productos exentos de LMR de Kenogard son:
Geoda, Fulmit® Oleo LE, DiPe®l DF, XenTari® GD, Nofly® WP, Gnatrol SC, Penthiol, Romeo, Berelex® 40 SG, MaxCel®, Regulex® 10 SG, Promalin®, ProTone® SL
De esta manera facilitamos su identificación por parte de agricultores y técnicos, y damos un mensaje correcto al mercado y al consumidos final.